La ley de humedales obtuvo dictamen y se debatiría en Diputados

Luego de más de dos horas de debate, dos proyectos de ley de humedales fueron los que obtuvieron dictamen y serían tratados en las sesiones ordinarias antes de fin de año. ¿Se logrará? La no tan buena noticia para los sectores comprometidos con el ambiente es que el proyecto con más firmas no es el que tiene el consenso de las organizaciones socio ambientales y de la comunidad científica.


Ayer se dio el Plenario de Comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Medio Ambiente; Agricultura y Ganadería y; Presupuesto y Hacienda por la ley de humedales. Luego de más de dos horas de debate, dos proyectos fueron los que obtuvieron dictamen. Uno con la mayoría de las firmas (Juntos por el Cambio) y otro de minoría que es el conocido como “proyecto del consenso” (presentado por el Frente de Todos) por tener el aval de las organizaciones socio ambientales y de la comunidad científica.

Ley de humedales en Diputados

Ambos ya pueden ser tratados en la Cámara de Diputados. Y allí se verá qué proyecto avanza, si habrá modificaciones o unificaciones. Para los sectores comprometidos con el ambiente, esta noticia no fue tomada de tan buena manera ya que el proyecto del consenso, que lleva más de diez años de debate con representantes de la sociedad civil y territorios, fue el que obtuvo menos firmas.

Presión por parte de gobernadores

El proyecto de Ley de Humedales del consenso (expediente 0075-D-2022), que fue hecho en conjunto con más de 200 organizaciones socioambientales , es el que tiene el apoyo de algunos integrantes del Bloque del Frente de Todxs con Leonardo Grosso, presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente, a la cabeza. Pero ayer hubo muchas ausencias en la sala. Ante la presión por parte de gobernadores peronistas de Santiago del Estero, Salta, La Rioja, Catamarca, San Juan, Formosa y Mendoza a sus ediles para que no firmen el proyecto del consenso, muchos pegaron el faltazo. Entonces, como hubo tanta ausencia, obtuvo menos firmas.

El que obtuvo la mayoría de las firmas es el que comanda Juntos por el Cambio que “desprotege los humedales y favorece al agro”, según explica el abogado ambientalista Enrique Viale.

“Siempre fuimos la Cámara donde se cajoneo y hoy dimos un paso inédito e histórico” -aseguró el diputado Leonardo Grosso, presidente de la Comisión de Recursos Naturales y Ambiente- “Ahora nos toca discutir las diferencias en el recinto ¡A empujar su tratamiento! Son 10 años de biocot. Y ahora se logra por primera vez sortear las presiones para que este proyecto pase a Diputados. Tenemos más que la mitad más uno de la Cámara de Diputados para sancionar la ley de humedales.”



¿Qué diferencias hay entre los proyectos?

Existen convergencias entre ambos, como el concepto de humedal, pero también divergencias bien marcadas. Sobre todo, en que el del consenso es más extenso, más detallado y remarca fehacientemente en varias partes del documento el interés en la conservación y los servicios ecosistémicos.

Otra diferencia se da en la autoridad de aplicación. Por ejemplo, en el punto de la creación del Inventario Nacional de Humedales, que será una herramienta de información sobre la distribución espacial de los humedales para la gestión y el ordenamiento ambiental del territorio. El de minoría dice que «será liderado por la Autoridad Nacional de Aplicación con participación de equipos técnicos, de organismos científicos y de gestión y de las Autoridades locales de las jurisdicciones. Incluirá la identificación, delimitación, clasificación y caracterización básica de los humedales. Se llevará adelante a partir de un desarrollo metodológico que aborde adecuadamente la autoridad de aplicación».

«Será autoridad nacional de aplicación de la presente ley la máxima autoridad ambiental competente designada por el Poder Ejecutivo Nacional. En el caso de las áreas protegidas comprendidas por la ley 22.351 será Autoridad Competente la Administración de Parques Nacionales», dice el proyecto del consenso.

Por su parte, el de Cambiemos en su Articulo 6 dice: «La Autoridad Nacional de Aplicación elaborará el Inventario Nacional de Humedales, sobre la base de una metodología común, integrando los inventarios o la información generados por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a los criterios y previsiones descriptos en la presente ley. Se promoverá la intervención de organismos científicos y técnicos con conocimiento en la materia y experiencia a nivel regional. Se deberá dar conocimiento e intervención al Comité de Cuenca correspondiente».

ARTÍCULO 10.- Ordenamiento Territorial de Humedales. Las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires realizarán el Ordenamiento Territorial de los Humedales (OTH) bajo su jurisdicción, según los objetivos y criterios establecidos en la presente ley, en el marco del Ordenamiento Ambiental del Territorio, los principios de la política ambiental establecidos en la ley 25.675 y de la indivisibilidad de las cuencas hídricas como unidad ambiental de gestión, en los términos del artículo 3° de la ley 25.688.

ARTÍCULO 31. A los efectos de esta ley, son Autoridades Competentes las que determinen las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
actuar en el ámbito de su jurisdicción. En las áreas protegidas comprendidas por la ley 22.351, será Autoridad Competente la Administración de Parques Nacionales.

ARTÍCULO 32.- Autoridad Nacional de Aplicación. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y el Ministerio de Economía de la Nación a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, serán conjuntamente la Autoridad Nacional de Aplicación según los alcances que establezca la reglamentación de la presente ley.

Es decir, el de mayoría remarca más el rol de las provincias y Ciudad de Buenos Aires; mientras que el de minoría le da un lugar más protagónico al Estado Nacional.

Ordenamiento territorial y contaminantes

Otra diferencia se da en el Ordenamiento Ambiental del Territorio. «Incorpórese a los humedales en los procesos de ordenamiento ambiental territorial previstos por la Ley General del Ambiente» y se da un plazo de dos años para hacerlo, dice el proyecto del consenso.

El de mayoría no habla de la liberación de contaminantes, como si el del consenso. «Toda liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza y origen, incluyéndose las fumigaciones aéreas y terrestres, sobre los humedales y toda otra intervención que afecte negativamente la provisión de servicios ecosistémicos a la sociedad y su integridad ecológica, exigirá para su realización de la previa aprobación por parte de la Autoridad Competente de la EIA».

Actividades extractivas e incendios

Además, en el artículo 22 detalla «Las actividades extractivas sobre la diversidad biológica de los humedales deberán realizarse asegurando el mantenimiento de su integridad ecológica y del estado de conservación de las especies sujetas a explotación», algo que no figura en el proyecto de Cambiemos. También nombra en reiteradas ocasiones a pueblos indigenas, politicas de género y agricultores familiares.

Hay un apartado especial sobre incendios. «Art. 25°. – Restauración. Las áreas y zonas de humedales que sean objeto de incendios, o de cualquier acción antrópica o natural que modifique su integridad ecológica deberán ser inmediatamente restauradas por la autoridad competente en coordinación con la autoridad nacional de aplicación, conforme a lo establecido en el artículo 22 bis de la ley 26.815».

Creación de un Consejo Consultivo de humedales

El proyecto del consenso establece la creación de un Consejo Consultivo de Humedales, cuya función es la de asistir y asesorar en el proceso participativo de políticas públicas, en todo lo relativo al objeto de esta ley y a las funciones estipuladas en el artículo 31 de la presente. Será de carácter consultivo, como ámbito de intercambio de ideas, experiencias y propuestas. Estaría integrado de la siguiente manera:

Art. 30°.- Integración del Consejo Consultivo. El Consejo Consultivo de Humedales será integrado por:
a) Un/a (1) representante del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, o el organismo que en el futuro lo reemplace.
b) Un/a (1) representante de cada ministerio nacional con competencia en las actividades que se desarrollan en los humedales.
c) Un/a (1) representante por cada una de las divisiones regionales que representan la Secretaría Ejecutiva COFEMA, contemplados en el artículo 8° de su reglamento de funcionamiento aprobado por la Asamblea Nº 16, de fecha septiembre de 1994.

Por su parte, el proyecto de Cambiemos crea un Comité Nacional de Humedales. La Autoridad Nacional de Aplicación conformará un Comité Nacional de Humedales con el objeto de asesorar en la implementación de la presente ley, el cual estará integrado por representantes de los Ministerios del gobierno nacional con competencia en las actividades que se desarrollan en los humedales, las jurisdicciones a través del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), el Consejo Hídrico Federal (COHIFE), el Consejo Federal Agropecuario (CFA), el Consejo Federal de Minería (COFEMIN) y otros Consejos Federales con incumbencia en la materia, el Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA), entidades científico-académicas, organizaciones ambientales y sociales, cámaras empresariales, pobladores locales y pueblos originarios

El de Cambiemos, por su parte, le asigna mayor presupuesto. «Las partidas presupuestarias que le sean anualmente asignadas por el presupuesto
nacional aprobado por el Congreso de la Nación, las que no podrán ser inferiores a CERO CON CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (0,05%) del presupuesto nacional»

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