CABA: sectores cartoneros denuncian «falta de participación ciudadana» en la modificación del código de faltas de la Ciudad

El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires presentó, el pasado 26 de octubre, un proyecto de ley para modificar el código de faltas de la Ciudad de Buenos Aires, que actualiza multas y penalidades sobre distintas actividades que afectan al espacio público, sobre todo desde una mirada ambiental. Desde el sector cartonero denuncian » la manera express en que se está tratando y a espaldas a la sociedad y los trabajadores del ambiente y sin ningún tipo de consulta a las cooperativas sobre cómo abordar los puntos referidos a la gestión de residuos sólidos urbanos. Es un ataque directo a nuestro sector».


El nuevo proyecto de Ley, que busca la modificación de la ley 451 , ya cuenta con las firmas del oficialismo porteño, para que se trate en la sesión del próximo jueves 2 de noviembre de la legislatura porteña. El mismo busca establecer ciertas normativas ambientales en la Ciudad con obligatoriedad de «acciones de reparación verde», para quienes no las cumplan. Si bien hay varios puntos a tratar, hay una serie de medidas relativas a la gestión de residuos urbanos que desde la Federación Argentina de Cartoneros, Carreros y Recicladores (FACCyR) califican de «regresivas» y sin ninguna clase de consulta ciudadana.

«Pero para nuestro mayor espanto, el proyecto original planteaba también multar por hasta 100.000 pesos a aquellas personas que revisen los contenedores de disposición de los residuos en la CABA.», aseguran desde la FACCyR. Es que al día siguiente de darse a conocer el proyecto, el 27 de octubre pasado, las cooperativas de cartoneros y cartoneras que brindan el servicio de higiene urbana, lograron que se presente la modificación del proyecto de ley original, sacando un artículo que buscaba multas y sanciones.

Así fue que representantes cartoneros se presentaron al debate en comisión del proyecto de ley, en donde «nos quedamos perplejos escuchando los argumentos de algunos legisladores y legisladoras defensoras de este proyecto. ¿En qué cabeza cabe que las autoridades de cualquier lugar puedan multar a una persona que está revisando un contenedor, ya sea en búsqueda de material reciclable, comida o ropa? Los pobres, los desamparados, no son responsables de la situación de exclusión que les toca vivir, y una multa no va a cambiar esa realidad», agregan desde el sector.

Principales cambios del código de faltas de la Ciudad

Algunos de los puntos a tratar de este proyecto de ley para modificar el código de faltas de la Ciudad de Buenos Aires, son los siguientes:

Residuos domiciliarios fuera de horario. Incrementar las penas a los habitantes que saquen la basura a los contenedores fuera del horario permitido, entre las 19 y las 21, o a quienes no cumplan con la separación en origen de los desechos domiciliarios, llevando la multa a valores que oscilan de $14.446 a $144.660.

Reparaciones verdes. Realizar «reparaciones verdes» para quienes no cumplan con las medidas, como realizar cursos o efectuar tareas comunitarias relacionadas a «la recomposición o mantenimiento o preservación del ambiente».

Multas y sanciones a quienes fumen y/o arrojen colillas o restos de cigarrillos en patios de juegos de parques y plazas.

Destrucción del arbolado público urbano.-.El/la que elimine, erradique y/o destruya árboles o especies vegetales plantados en la vía pública o en espacios verdes públicos, o librados a la confianza pública, o el/la que pode a los mismos sin la correspondiente autorización emanada de la Autoridad de Aplicación competente es sancionado/a con multa de $350.000 a $6.800 y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.

Detergentes no biodegradables. Una de las medidas es que los establecimientos no utilicen detergentes no biodegradables. De caso contrario «es sancionado/a con multa de $250.000 a $25.000, decomiso de la mercadería y con la obligación de realizar acciones de reparación verde».

Aceite vegetal usado. «Quien vierta aceites vegetales y grasas de fritura usados, solo o mezclado con otros líquidos, por encima de
los parámetros de vuelco establecidos en la normativa vigente, como así también la de sus componentes sólidos presentes, mezclados o separados, con destino directo o indirecto a colectoras, colectores, cloacas máximas, conductos pluviales, sumideros, cursos de agua, vía pública o el suelo, será sancionado con multa $650000 a $10.200 y/o clausura del establecimiento y/o inhabilitación de la actividad y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”

Tránsito y excremento de animales . El/la que transite con uno o más animales bajo su custodia en sectores no permitidos por la legislación
vigente, o lo haga en lugares públicos o privados de acceso públicos sin colocarles rienda, o que no proceda a la limpieza de su materia fecal será sancionado/a con multa de $70 a $400 y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”

-Incineración de residuos. El/la que queme o incinere residuos en la vía pública y el/la titular o responsable de un inmueble en el que
se quemen o incineren residuos sin recuperación de energía ni habilitación correspondiente, es sancionado/a con multa $700 a $15.000 y/o clausura del inmueble y/o decomiso de los artefactos que se utilicen para la quema o incineración y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”

Carencia de recipientes para envases descartables. El/la titular o responsable de un establecimiento en donde se expendan bebidas o sustancias en envases plásticos, de lata o de vidrio, que no tenga instalado en la vereda, junto a la línea de edificación, un recipiente especial para arrojar los mencionados envases, es sancionado/a con multa de $50 a $500 y con la obligación de realizar trabajos comunitarios relacionados con la preservación del ambiente.”

Sobres y bolsas no biodegradables . El/la titular o responsable de un establecimiento que se encuentre obligado por la normativa vigente a
utilizar sobres y/o bolsas biodegradables y envíe correspondencia en sobres no biodegradables o utilice bolsas no biodegradables, es sancionado/a con una multa de doscientas cincuenta (250) a veinticinco mil (25.000) unidades fijas, el correspondiente decomiso de los/as mismos/as y con la obligación de realizar acciones de reparación verde.”

«Sabemos que lo que verdaderamente esconde el proyecto es aumentar la persecución tanto a los cartoneros formales del sistema de reciclado, como a los informales. Por eso, exigimos que se de marcha atrás con el proyecto, cese la persecución, el secuestro de bolsones y carros por parte de fiscalización que hay en toda la ciudad (sobre todo en la zona de micro y macro centro) y que el proyecto se discuta de cara a la sociedad, con audiencias públicas, reuniones de asesores y convocatorias al poder ejecutivo», plantea el sector cartonero.

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